El acuerdo técnico del Diario Oficial establece un piloto gradual para el Certificado Laboral para la Agroexportación (CLA) del aguacate. La Presidencia volvió a mencionar la medida en una publicación del 28 de septiembre. El primer periodo de solicitud en VELAGRO termina el 30 de septiembre y el certificado inicial, si se emite, tendrá vigencia del 1 de octubre al 7 de noviembre de 2026. La continuidad de las exportaciones dependerá de obtener el certificado conforme a la fase aplicable.
El CLA se tramita mediante VELAGRO, la plataforma de verificación laboral de la STPS. Durante el piloto del aguacate, la solicitud corresponde al exportador. Productores, empresas de corte y empacadoras no necesitan tramitar un certificado propio por el solo hecho de participar en esa cadena; deben cumplir sus obligaciones laborales y de seguridad social. Cuando una empresa también exporta, su posición dentro del esquema debe revisarse conforme a sus actividades.
La verificación se incorporará por etapas
El acuerdo técnico publicado en el Diario Oficial establece primero el registro del solicitante y la presentación de información estadística. Después incorpora la identificación de la cadena de valor, los registros patronales ante el IMSS y el factor técnico de manera progresiva. El primer certificado tiene vigencia del 1 de octubre al 7 de noviembre de 2026. Confundir esta fase con una comprobación definitiva de toda la cadena desde el primer día puede provocar decisiones administrativas equivocadas.
En noviembre se incorpora información de los participantes. Entre enero y abril de 2027 se prevé acreditar progresivamente sus registros patronales; posteriormente se aplica el factor técnico escalonado. Son componentes distintos: registrar a un patrón no equivale a comprobar individualmente la afiliación de todos los trabajadores. El piloto tampoco elimina obligaciones laborales ya existentes. Sus etapas organizan la certificación, mientras que el cumplimiento de esas obligaciones debe atenderse conforme a la normativa aplicable.
La coordinación administrativa de la cadena
La preparación administrativa comienza con la identificación del exportador y de la persona encargada del trámite. La fase aplicable y el vencimiento del certificado determinan los pendientes de cada operación. El seguimiento de renovaciones y la conservación de comprobantes facilitan la continuidad del procedimiento. La presentación de una solicitud, por sí sola, no equivale a contar con la autorización que acredita un certificado vigente.
La información de proveedores, huertos, empresas de corte y empacadoras permite ordenar la operación para incorporar la cadena cuando corresponda. Las diferencias entre nombres, contratos y datos administrativos pueden dificultar esa tarea. Una relación interna actualizada facilita la coordinación con socios comerciales y la respuesta a los requisitos de la autoridad. Su función es organizar información existente; las exigencias formales proceden de las disposiciones aplicables.
La revisión laboral involucra a cada empleador y a sus responsables administrativos. La identificación de registros, altas, bajas y documentación pendiente permite detectar diferencias que requieren atención por los canales correspondientes. Los documentos incompletos o las declaraciones que no reflejan la operación dificultan una comprobación confiable. El mecanismo busca que la actividad exportadora cuente con un respaldo verificable del cumplimiento laboral y de seguridad social en su cadena.
Las cuadrillas y proveedores necesitan comunicación anticipada. El exportador puede explicar qué información pedirá en cada etapa, quién la recibirá y cómo se resguardará. Los datos de trabajadores requieren manejo cuidadoso y acceso limitado a personas autorizadas. También conviene incluir en el presupuesto los recursos administrativos necesarios: tiempo, actualización de registros y acompañamiento. La preparación será más ordenada si esas tareas tienen responsables y fechas, en lugar de depender de una urgencia antes del embarque.
El alcance específico para frutos rojos
La Presidencia ha mencionado los frutos rojos dentro del alcance previsto de esta política. El acuerdo técnico identificado para esta entrega corresponde al aguacate; las fuentes consultadas no permiten confirmar un calendario equivalente para berries. Los lineamientos establecen reglas por producto. Por ello, la aplicación a empresas de fresas, frambuesas o zarzamoras depende de las disposiciones específicas que les correspondan, sin que pueda trasladarse automáticamente el calendario del aguacate.
Para los exportadores de aguacate, la vigencia del certificado será un elemento de la continuidad comercial a partir de octubre. Los demás participantes deberán coordinar su información y atender sus obligaciones laborales. En frutos rojos, la preparación administrativa y el seguimiento de acuerdos específicos permitirán distinguir los anuncios generales de las exigencias aplicables. El calendario gradual de certificación organiza la verificación, sin postergar los derechos que ya corresponden a los trabajadores.
Esta nota amplía la cobertura de la edición del 28 de septiembre con los pasos y fechas que conviene revisar al cierre de mes.
Fuentes y alcance
Los hechos se atribuyen a las publicaciones enlazadas. Las propuestas de gestión son orientación editorial y requieren revisión según cada operación.

